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14 septiembre, 2011 por Ricardo Estévez Deja un comentario

Niegan la pensión compensatoria que reclamó una mujer tras su divorcio

  • El Supremo rechaza la sentencia previa de la Audiencia Provincial de Zaragoza
  • Inicialmente, el ex marido fue condenado a pagarle 200 euros mensuales
  • Según el TS, su diferencia salarial fue consecuencia ‘de sus capacidades’
  • El ponente también critica que la pensión fuera con carácter indefinido

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la pensión compensatoria a una mujer tras su divorcio porque no ha podido probarse que la diferencia salarial y la menor estabilidad de su empleo con respecto a su ex marido «fuera una consecuencia directa del matrimonio, y no de sus propias actitudes y capacidades».

Así lo establece la Sala de lo Civil del Supremo al estimar el recurso del ex marido contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que fijó una pensión compensatoria de 200 euros al mes para la ex mujer.

La esposa trabajó como dependienta entre 1977 y 1999 y a partir de 2003 lo hizo como auxiliar de bibliotecas, percibiendo unos ingresos de 1.649 euros mensuales; mientras que su esposo, como profesor titular de la Universidad de Zaragoza, percibió desde 2007 2.848 euros al mes, además de contar con otros ingresos por cursos y conferencias, por lo que la Audiencia concluyó que podía conceder la pensión compensatoria.

Sin embargo, según el Supremo, «ni es necesario conceder a la esposa soporte económico alguno, para que tenga autonomía, ya que goza de ella por su trabajo, ni tampoco el matrimonio ha supuesto un freno para su ascenso profesional y económico», ya que de dependienta pasó a desarrollar una labor como auxiliar de bibliotecas y obtuvo un diploma en Relaciones Laborales.

Ayudar al cónyuge más desfavorecido

Por ello entiende que la decisión de la Audiencia de Zaragoza es contraria a la doctrina del TS, que en 2005 fijó que la finalidad de la pensión compensatoria «no es equiparar económicamente los patrimonios», sino «lograr colocar al cónyuge más desfavorecido con la ruptura en situación de potencial igualdad de oportunidades laborales y económicas a las que habría tenido de no mediar el vínculo matrimonial».

Añade además que, «incluso en la hipótesis de que la finalidad de la pensión fuera igualar patrimonios, la cuantía concedida causaría un perjuicio al esposo», ya que si se descuenta de su nómina el alquiler (530 euros mensuales) y los alimentos a sus hijos (900 euros) le quedarían para vivir 1.412 euros, cantidad inferior a la que cobra su ex mujer por su trabajo.

Según la sentencia del TS, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Civil Juan Antonio Xiol, la Audiencia no tuvo en cuenta «el ascenso profesional y económico» que supuso el matrimonio para la esposa, ni que los mayores ingresos del marido eran fruto de una mayor formación, previa a su enlace, y un esfuerzo suplementario con cursos y conferencias.

Critica además que la Audiencia de Zaragoza concediera esa pensión con carácter indefinido, ya que, «en caso de que se declarase procedente su fijación, debería concederse con carácter temporal, pues la esposa tiene cualificación e ingresos suficientes para su autonomía económica» y tampoco «tiene que acceder al mercado laboral».

 Noticia Pensión compensatoria y Divorcio – El Mundo – Septiembre 2011

Publicado en: Noticias, Uncategorized Etiquetado como: divorcio, pensión, tribunal supremo

19 julio, 2011 por Ricardo Estévez Deja un comentario

El Tribunal Supremo avala limitar la pensión compensatoria

  • El Supremo avala limitar la pensión por divorcio de una mujer que no intentó encontrar empleo
  • Limita a 8 años el derecho de la exesposa a percibir la pensión compensatoria porque no encontró trabajo por «desidia»

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que interpuso una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, que limitó a ocho años su derecho a seguir cobrando una pensión compensatoria tras el divorcio porque no mostró suficiente interés en la búsqueda y obtención de un puesto de trabajo.

La Sala de lo Civil ha confirmado así la sentencia dictada en 2009 por la Audiencia de Córdoba que consideró probado que la mujer «se limitó» a inscribirse como demandante de empleo en el INEM y a realizar cursos de formación por un tiempo no superior a los seis meses, lo que entendió «insuficiente» para apreciar «un auténtico interés y empeño de la esposa a superar el desequilibrio» que causó la separación.

Los hechos se remontan a julio de 2003, cuando la Audiencia Provincial fijó en un principio una pensión de 900 euros en favor de la esposa y acordó que esta cuantía se revisara al cabo de 5 años en función de diversas circunstancias como «el interés y el empeño» de la mujer en obtener un empleo.

Transcurrido este plazo, su ex marido solicitó extinguir la pensión o, subsidiariamente, reducir su cuantía o limitarla a un año. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Córdoba estimó en parte su demanda y limitó el derecho de la mujer a percibir la pensión compensatoria otros tres años más.

LÍMITE DE 8 AÑOS

Tras ello, la Audiencia de Córdoba confirmó esta sentencia al entender que el total de ocho años eran suficientes para que la mujer, técnico de empresa y actividades turísticas, accediera al mercado laboral. Además, consideró que el cáncer de mama que se le detectó a finales de 2008 era «algo sobrevenido a la ruptura del vínculo conyugal» y además no había quedado «suficientemente» acreditado.

«El plazo de 8 años era más que suficiente para que la ex esposa pudiera buscar empleo con el que superar el inicial desequilibrio, y que si no lo había encontrado era únicamente por su propia desidia», estimó.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, subraya que la pensión no se reconoció con carácter vitalicio, sino que, aún sin fijar límites en el juicio previo de divorcio, se condicionó a que se revisara la situación de desequilibrio inicial.

La resolución recoge los argumentos de la Audiencia de Córdoba, que criticó la «pasividad» de la mujer, que no mostró una «actitud activa y efectiva» en encontrar empleo, como hubiera sido el envío de currículos a las empresas y no sólo su inscripción en el INEM.

Además, recuerda la «ausencia de prueba» sobre el tratamiento, las posibles secuelas o la incidencia de la enfermedad alegada por la recurrente en las «posibilidades reales» de acceder al empleo. El Supremo considera así la decisión de la Audiencia de Córdoba «perfectamente razonada» y ajustada a los parámetros de «prudencia» y «ponderación».

Noticia Divorcio en España – EuropaPress – Julio 2011

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23 junio, 2011 por Ricardo Estévez Deja un comentario

30 años de divorcio en España

La primera divorciada en España, Julia Ibars, se enteró por la prensa de que se había resuelto su caso

El 22 de junio de 1981 se aprobó la ley del divorcio en nuestro país y Julia Ibars fue la primera en conseguirlo. Desde entonces, 1,2 millones de personas se han acogido a esta medida.

Pero no fue hasta el 7 de septiembre de ese mismo año cuando no se produjo el primer divorcio. El juez José Luis Garayo Sánchez firmó en Santander la sentencia solicitada por Julia Ibars Riego, que se convirtió así en la primera mujer divorciada en nuestro país. Sin embargo, ella se enteró «una mañana por los periodistas, que estuvieron llamando continuamente a mi casa», cuenta a Qué!

Sin embargo, reconoce que «cuando salió mi caso en la prensa me dio mucha verguenza, sobre todo por la familia, por mis padres, incluso por mis suegros. Así que decidí ir a casa de mi tía, y después, pasado un tiempo, me cambié de ciudad». Durante 25 años silenció el tema a la gente, hasta que una cadena de televisión quiso hacer un reportaje con motivo de dicho aniversario: «Lo he llevado camuflado hasta hace 5 años. Ahora no tengo problema ni ninguna verguenza en contarlo», asegura.

Eso sí, insiste en que no es un tema del que pueda alardear: «No me puedo sentir orgullosa, pero es cierto que se puede decir que, por casualidad, he pasado a la historia de este país». Por cierto, para los curiosos, Julia lleva felizmente casada 29 años con su actual marido.

Su historia inspiró la serie televisiva ‘Los Quién’.

Noticia Divorcio en España – Qué – Junio 2011

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