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16 junio, 2012 por Ricardo Estévez Deja un comentario

La custodia compartida dejará de ser un régimen excepcional

El Gobierno se ha comprometido hoy a impulsar una «ley única y nacional» que modifique el Código Civil para facilitar la custodia compartida de los hijos en caso de separación o divorcio. Actualmente el juez solo concede este régimen si hay acuerdo entre los progenitores. También, pero solo «excepcionalmente», si lo reclama uno de los dos padres sin acuerdo, para lo que se necesita un informe favorable del fiscal y que el juez considere que la custodia compartida beneficia al menor. Se trata, ha explicado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en el Congreso, de eliminar ese carácter excepcional –solo el 10% de los divorcios se salda con la custodia compartida– para potenciar que sea el juez quien decida, en función de cada caso. Con la nueva regulación, el informe del fiscal pasará a ser preceptivo, pero no vinculante. Además, el juez podrá establecer la custodia compartida aún cuando ninguna de las dos partes la solicite, ha precisado una portavoz de Justicia. Eso sí, «siempre que se considere beneficioso para el niño».

El anuncio de Ruiz-Gallardón llega tras la interpelación de Rosa Díez, del grupo UPyD, que había reclamado en el Congreso de los Diputados una ley de custodia compartida como «opción preferente». Un modelo similar para toda España de las regulaciones que ya existen en Aragón, Cataluña o Valencia, que contemplan este régimen de manera preferente.

El ministro de Justicia, sin embargo, no ha llegado a tanto y ha abogado porque ninguna de las opciones –ni la custodia individual para uno de los padres ni la compartida— sea preeminente. Lo que se busca, ha dicho, es un sistema sin “rigideces”, como las que provoca la actual regulación del Código Civil, en el que los jueces determinen qué opción es la que más favorece al interés del menor. Así, los magistrados deberán decidir si procede una custodia alternada entre los progenitores o una monoparental, así como el periodo que deben permanecer cada uno de ellos con el menor, «siempre según lo que aconseje el interés del niño».

Para ello, Justicia ha encargado a la Comisión de Codificación –el organismo que le asesora en la preparación de las tareas prelegislativas– una modificación del artículo 92 del Código Civil en los apartados que regula la custodia. Modificación que debe estar lista en seis meses y que presentará en el Congreso para tratar de consensuarla con los grupos políticos.

…

Noticia sobre custodia compartida – El País – Junio 2012

Publicado en: Noticias, Uncategorized

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