La separación es la ruptura de la vida en común de un matrimonio, suele
darse con carácter previo al divorcio y es posible dejarla sin
efecto mediante la reconciliación debidamente comunicada al Juzgado.
El divorcio es la ruptura definitiva del vínculo matrimonial, sin que
sea posible dejarlo sin efecto por medio de la reconciliación,
siendo necesario siempre para contraer un nuevo matrimonio.
Tanto la separación como el divorcio, pueden solicitarse por ambos
cónyuges conjuntamente o por uno de ellos con el consentimiento del
otro, siempre que hayan transcurrido tres meses de matrimonio.
La característica fundamental de la separación o divorcio de mutuo
acuerdo es la existencia de un recíproco consentimiento y una
conformidad sobre las condiciones que regirán dicha separación o
divorcio.
Volver al principio